Normativa en Ecuador prohíbe el uso de drones que vulneren privacidad e intimidad personal

La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) prohibió el uso de drones cerca de personas o propiedades privadas si se compromete la privacidad en Ecuador.

Según el Boletín de Seguridad Operacional del 15 de abril de 2025, no está permitido operar drones en zonas restringidas, incluyendo aquellas donde pueda demostrarse una afectación a la intimidad personal.

La normativa recalca que toda operación con drones debe respetar los derechos a la privacidad y protección de datos personales, conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

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Asimismo, el documento dice que «queda prohibida la captura, almacenamiento o difusión de imágenes o datos personales mediante drones, sin consentimiento expreso de los afectados».

El uso indebido de estos dispositivos podría constituir una infracción administrativa o un delito, con sus respectivas consecuencias legales.

La DGAC recuerda a los operadores de drones cumplir estrictamente la normativa vigente para evitar sanciones. 

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